A partir de dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficialn, se modifica los cálculos de nutrientes críticos y restricciones en la publicidad en el Manual reglamentario de la Ley de Etiquetado Frontal.
Con la sanción de la Ley de Etiquetado Frontal, en 2022, La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) creo un Manual de Aplicación que deberá ajustar para cumplir con las nuevas disposiciones, que afectan al cálculo de agregados de grasa, azucares y sodio y la publicidad de los productos.
El objetivo de las disposiciones 11378/2024 y la 11362/2024 es adaptar la normativa a estándares internacionales y mejorar la información nutricional disponible para los consumidores. Esta reglamentación se basa en el perfil nutricional dado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
En este sentido, el mayor cambio se da en el calculo de nutrientes excesivos que pasara de indicar los ingredientes añadidos durante la producción y no los naturales a los alimentos, como sucedía hasta ahora.
En cuanto a las restricciones publicitarias, la ANMAT reforzó las restricciones para productos con sello de advertencia, dirigidos a menores de 16 años. Con la nueva disposición queda prohibida la promoción de alimentos y bebidas envasadas que utilicen elementos atractivos para esta franja de edad.
La publicidad deberá incluir información clara y veraz sobre lo sellos de advertencia, como si contienen edulcorantes o cafeína. Las promociones deben llevar a un consumo responsable y no ser ambiguas.