A las primeras horas de este lunes, se publicó en el Boletín oficial el decreto 1005/2024, en el cual se oficializa lo publicado por el vocero presidencial Manuel Adorni en su cuenta de X

Con el objetivo de mejorar el entendimiento de las modificaciones, el primer artículo define los términos claves en este nuevo esquema, algunos de ellos son “servicio postal”, “servicio postal universal”, “envío courier”, “servicio electoral”, “domicilio postal”.

También, estableció requisitos para quienes quieran prestar u ofrecer servicios postales:

  • Ser personas jurídicas constituidas bajo algún tipo de figura societaria, de acuerdo con el régimen legal vigente, a excepción de quienes presten servicios de mensajería urbana.
  • Tener domicilio legal en la República Argentina y constituir un domicilio electrónico en el que serán válidas todas las notificaciones que se le cursaren como consecuencia de su actividad.
  • Estar inscriptos ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y cumplir con las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social correspondientes.
  • Quedan eximidos del deber de inscribirse aquellos transportistas de mercaderías o cargas que, encontrándose anotados en los registros que establezca la normativa de transporte de cargas aplicable, transporten mercancías, cargas y/o paquetes, aun cuando pesaren 50 kilogramos o menos.
  • Las personas jurídicas podrán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera simple, electrónica y gratuita. Ese proceso se realizará una sola vez al comenzar la actividad.
  • ser personas jurídicas constituidas bajo algún tipo de figura societaria, de acuerdo con el régimen legal vigente, a excepción de quienes presten servicios de mensajería urbana;
  • tener domicilio legal en la República Argentina y constituir un domicilio electrónico en el que serán válidas todas las notificaciones que se le cursaren como consecuencia de su actividad;
  • estar inscriptos ante la ARCA, y cumplir con las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social correspondientes.

Este decreto es un trabajo entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, el cual deroga decretos previos y anula resoluciones ya existentes, como la modificación de las ya existentes comisiones que regulaban este servicio (la Comisión Nacional de Correos y Telégrafos, la Comisión Nacional de Comunicaciones y la Secretaría de Innovación Pública).